Comités Consultivos en CA y bajo el ADA

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Dentro de los instrumentos jurídicos de la integración centroamericana, se establecen como órganos del sistema y del subsistema económico, órganos que representan a una serie de sectores que se pueden ver afectados positiva o negativamente por las políticas públicas que adoptan los Estados en un proceso de integración como el que lleva Centroamérica desde la década de los 60.

Es así, como el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), establece dentro del artículo 12 que para la realización del Sistema de Integración Centroamericana, forman parte de dicho sistema, el Comité Consultivo, el cual tendrá como función asesorar a la Secretaría General sobre la política de la organización en el desarrollo de los programas que lleva a cabo.

Por su parte, el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, estableció en el artículo 37, que forman parte del Subsistema de integración económica el Comité Consultivo de Integración Económica (CCIE), otorgándole funciones de asesoría en el artículo 49 del mismo instrumento y designándolo como un comité consultivo que actuaría en primer término, a solicitud de los órganos o instituciones del Subsistema para evacuar consultas sobre determinados asuntos de integración económica y en segundo término, podría actuar por iniciativa propia para emitir opinión ante dichos órganos o instituciones.

Tanto el Comité del Sistema como el Comité del Subsistema, se encuentran íntimamente relacionados en sus funciones y actuaciones, pero en el caso del Comité del Subsistema (CCIE), este se encuentra vinculado específicamente a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).

INTEGRACIÓN DE LOS COMITÉS EN CA
Comité Consultivo del Sistema se integra por:
Comité Consultivo de integración Económica del Subsistema, se integra por
  1. Sector empresarial;
  2.  Sector laboral;
  3.  Sector académico; y
  4. Otras fuerzas:

a.       Económicas;
b.      Sociales; y
c.       Culturales.
Representantes del sector privado organizado regionalmente

Dentro del Acuerdo de Asociación (ADA), se estableció el Comité Consultivo Conjunto, el cual funcionará como un órgano consultor del Consejo de Asociación (máximo órgano del ADA). Su trabajo consiste en someter las opiniones de las organizaciones de la sociedad civil al Consejo de Asociación en lo que respecta a la aplicación de ese Acuerdo y a contribuir a la promoción del diálogo y cooperación entre las organizaciones de la sociedad civil tanto en Centroamérica como en la Unión Europea.

El Comité Consultivo Conjunto del ADA, se encuentra integrado por un número igual de representantes del Comité Económico y Social Europeo, por un lado, y por representantes del Comité Consultivo del Sistema de la Integración Centroamericana (CC-SICA) y del Comité Consultivo de Integración Económica (CCIE), por el otro.

Adicionalmente, el mismo ADA también incluyó un canal de comunicación adicional para escuchar la voz de aquellos interlocutores que no formaran parte de los Comités regionales integrados en el Comité Consultivo Conjunto del ADA. Este canal es a través de reuniones de las sociedades civiles de ambas Partes.

Para efectos de la Sociedad Civil, tanto Centroamérica como la Unión Europea, deben promover reuniones con los representantes de las sociedades civiles de las Partes, incluidos la comunidad académica, los socios sociales y económicos y las organizaciones no gubernamentales, convocando para el efecto a estos representantes y así informarles sobre la aplicación  del ADA para reunir sus sugerencias a este respecto.

Por lo tanto, desde nuestro punto de vista existen dos formas en la que pueden participar el Comité Consultivo del Sistema y el Comité Consultivo del Subsistema; la primera de forma directa a través del Comité Consultivo Conjunto del ADA y la segunda de forma indirecta a través de la Sociedad Civil.

Dentro de los objetivos del ADA se tiene fortalecer y consolidar las relaciones entre Centroamérica y la Unión Europea, sobre la base de tres pilares fundamentales (diálogo político, cooperación y comercio), utilizando los mecanismos acordados por ambas Partes en este Acuerdos regional.

Partiendo de lo anterior, esto significa que el Comité Consultivo Conjunto tiene la facultad de someter a la consideración del Consejo de Asociación temas que hayan identificado de preocupación, interpretación o aplicación de cualquiera de los tres pilares del Acuerdo, pero que también pueden extenderse a otros temas de interés común.

El espíritu del ADA, privilegia valores, principios y objetivos comunes y en particular el respeto y la promoción de la democracia y los derechos humanos, el desarrollo sostenible, la buena gobernanza y el estado de derecho, con el compromiso de promover y proteger estos valores y principios, incrementando la cooperación bi regional en todos los ámbitos de interés común con el objetivo de lograr un desarrollo social y económico más sostenible y equitativo, fomentando el incremento del comercio y las inversiones entre las Partes, tomando en cuenta el tratamiento especial y diferenciado para reducir las asimetrías estructurales que existen entre ambas regiones.

Como podemos observar, el Comité Consultivo Conjunto tiene un ámbito de aplicación no limitativo, sino todo lo contrario, pues también podría identificar temas de cooperación en los temas anteriormente mencionados y así ponerlo a consideración de las Partes a través del Consejo de Asociación.

El Comité Consultivo Conjunto del ADA, puede contribuir a la promoción del diálogo y cooperación entre las organizaciones de la sociedad civil tanto en Centroamérica como en la Unión Europea, pudiendo participar de manera directa en el Acuerdo e identificar cooperación bi regional en todos los ámbitos de interés común, con el objetivo de lograr un desarrollo social y económico más sostenible y equitativo en ambas regiones.

Fuera de los instrumentos jurídicos de la integración económica, este es el único Acuerdo de los países de Centroamérica que contiene temas comerciales, que privilegia la oportunidad de escuchar a todos los sectores que se pueden ver afectados de cualquier manera con la implementación de un Acuerdo.

Centroamérica cuenta con estas figuras o comités en los procesos de integración centroamericana, pero no en los procesos de negociación de Tratados de Libre Comercio, por lo que podría ser interesante que los países de la región, pudieran evaluar estas posibilidades tomando en cuenta el principio que nos rige de buena gobernanza en los países y que el ADA podría ser un buen modelo a seguir en la práctica centroamericana.

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Lionel Morfin J.
Consultor Internacional

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